viernes, 14 de mayo de 2010

IMPORTACIONES PRODUCTIVAS

Se han autorizado USD 3.286,8 millones para esta modalidadCADIVI CONTINÚA APOYANDO A LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA NACIONALA TRAVÉS DE IMPORTACIONES PRODUCTIVAS28/04/2010Con el fin de brindar especial apoyo a las pequeñas y medianas empresas que trabajan en el fortalecimiento de la producción nacional, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) continúa con la aplicación de la modalidad de Importaciones Productivas, tal como lo establece la Providencia Nº 089, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.986 de fecha 04 de agosto de 2008, para aquellas solicitudes inferiores a 50.000 dólares.Desde la entrada en vigencia de esta modalidad en el mes de agosto de 2008 hasta el 31 de marzo de este año, CADIVI ha autorizado la adquisición de 3.286,8 millones de dólares para la importación de bienes de capital, insumos y materias primas, dando cumplimiento al Decreto Nº 6.168, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.958 de fecha 23 de junio de 2008.Entre las importaciones efectuadas mediante la modalidad de Importaciones Productivas se encuentran: reactivos de laboratorio, partes y accesorios de máquinas, sistemas de riego, partes de calzado, máquinas y aparatos para la preparación o fabricación industrial de alimentos, dióxido de titanio, máquinas y aparatos para la industria lechera, bombas o compresores herméticos de potencia superior, entre otros.Esta modalidad fue anunciada en junio de 2008 por el Presidente de la República, Comandante Hugo Chávez, como parte del esfuerzo de reimpulso productivo.Para efectuar este tipo de importaciones, las empresas deben estar registradas en el sistema automatizado de CADIVI antes del 11 de junio de 2008, haber obtenido autorizaciones de liquidación de divisas con anterioridad a dicha fecha; que las solicitudes sean menores o iguales a 50 mil dólares (o su equivalente en otras divisas); que los rubros correspondan a bienes de capital, insumos y materias primas, y que cumplan con los criterios que al efecto establezca la Comisión.De igual manera, con el fin de que todas las partes involucradas en el proceso conozcan las características, los alcances y los procesos para la autorización de divisas a través de Importaciones Productivas, la Comisión ha efectuado diversas reuniones informativas con los operadores cambiarios autorizados y con los representantes de las empresas importadoras.Asimismo, de manera permanente se ha llevado a cabo la adecuación de la plataforma tecnológica de la Institución y de sus procesos internos, para dar respuesta a las exigencias propias de esta modalidad, caracterizada por la emisión automática de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) en 48 horas y de la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) en 72 horas, siempre que la empresa solicitante cumpla con los requisitos exigidos en la Providencia Nº 089.Los rubros susceptibles de importación bajo esta modalidad están definidos en la Resolución Nº 2.665 dictada por el Ministerio del Poder Popular para Planificación y Finanzas, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.400 de fecha 07 de abril de 2010.

TAQUILLA UNICA PARA TRAMITAR CERTIFICADOS DE PRODUCCION NACIONAL

EN FUNCIONAMIENTO TAQUILLA ÚNICADE TRÁMITES PARA LA PRODUCCIÓN
Con el trabajo mancomunado de 24 instituciones del Gobierno Bolivariano, entró en funcionamiento la Taquilla Única de Trámites para la Producción, la cual permitirá simplificar 98 trámites ante diferentes organismos gubernamentales, de los cuales 30 tendrán respuesta inmediata por parte de los servidores públicos encargados de la atención en las taquillas.Como parte de esta taquilla, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) prestará asesoría técnica sobre los procesos para: Registro de Usuarios en el Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) para personas jurídicas, Autorización de Adquisición de Divisas para Importaciones Productivas, Autorización de Adquisición de Divisas para importaciones que requieran o no Certificados de Insuficiencia o de No Producción Nacional.Los usuarios podrán solicitar a los demás entes que conforman la taquilla única los requisitos exigidos para tramitar las solicitudes de Autorización de Adquisición de Divisas ante CADIVI, tales como solvencia laboral, solvencia de Banavih, solvencia del Inces, solvencia del IVSS, Certificado de No Producción, Insuficiencia o Producción Nacional, Actualización del RIF y demás trámites del Seniat, así como los permisos para la Importación y Exportación, entre otros.Horario de la Taquilla Única: De Lunes a Viernes de 8:30 am a 3:30 pm.Dirección: Edificio Administrativo de la Rinconada, Caracas.Teléfono: 0800-TRAMITE / 0800-842.64.83

GACETA OFICIAL N.39.396 DE 5 DE ABRIL DE 2010

NUEVA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE LA AUTORIZACIÓN DE ADQUISICIÓN DE DIVISAS PARA IMPORTACIÓN DE BIENES QUE REQUIEREN O NO CERTIFICADOS DE INSUFICIENCIA O DE NO PRODUCCIÓN NACIONAL
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) informa sus usuarios y usuarias que fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.396, de fecha 05 de abril de 2010, la nueva Resolución conjunta dictada por los Ministerios del Poder Popular de Planificación y Finanzas, para el Comercio, para las Industrias Básicas y Minería, para la Agricultura y Tierras, para la Salud, para la Energía y Petróleo, para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias y para la Alimentación.Esta resolución contiene los listados actualizados de los bienes que no requieren Certificados de Insuficiencia o de No Producción Nacional (Lista Nº 1); y los que requieren de la presentación de estos documentos (Lista Nº 2) para la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) por cada tipo de cambio, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Cambiario Nº 14, publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.342 de fecha 8 de enero de 2010.Dicha normativa determina en el artículo 6 “los bienes que corresponden según la lista Nº 1 y Nº 2 al tipo de cambio de Dos Bolívares con Sesenta Céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estados Unidos de América”. El artículo 7 contiene el listado de “los bienes que corresponden según la lista Nº 1 y Nº 2, al tipo de cambio de Cuatro Bolívares con Treinta Céntimos (Bs. 4,30) por dólar de los Estados Unidos de América”.Esta resolución deroga a la Resolución Conjunta Nº 2580, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.345, de fecha 13 de enero de 2010.07/04/2010